ArgentinaNoticias

En el marco del Programa de Asistencia de Emergencia a la Producción y el Trabajo (ATP), la AFIP confirmó que monotributistas y autónomos que cumplan con los requisitos, podrán solicitar un crédito a tasa cero de hasta $150.000 a partir del lunes 4 y hasta el 29 de mayo.

Según el organismo, cerca de 2,4 millones de personas estarían en condiciones de tramitar el crédito, incluidos los más de 450.000 monotributistas de las categorías A y B que recibieron el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

¿Cómo realizar el trámite?

Para iniciar el trámite se debe ingresar al sitio web de la AFIP (www.afip.gob.ar/sitio/externos), con la Clave Fiscal ingresar a la cuenta personal y clickear en la solapa “Crédito tasa cero”.

Allí se le informará a cada usuario si está en condiciones de solicitar el crédito y por qué cantidad de dinero: esto dependerá del máximo que establece la categoría de monotributo correspondiente.

Luego, el usuario deberá indicar el número de tarjeta de crédito donde se acreditarán los tres tramos mensuales del préstamo; en caso de no tener tarjeta, el usuario deberá informar la entidad bancaria que elige para tramitar el crédito.

Tras este proceso, los datos serán remitidos al Banco Central para su verificación; en caso de que la solicitud no pueda avanzar, el sistema le indicará al solicitante los motivos por los cuales se deniega el crédito.

En cuanto al pago del monotributo, las entidades bancarias sumarán a cada tramo desembolsado el monto equivalente a la obligación mensual y destinará esos recursos directamente a ese pago.

¿Cómo será el pago?

El crédito será otorgado en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas:

Con un máximo de $150.000 para las categorías D en adelante

De hasta $104.370 para la categoría C

De hasta $78.277 para la categoría B

De hasta $52.184 para la categoría A

Los bancos contarán con hasta 2 días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación a partir del momento de su aprobación. Quienes accedan al crédito deberán usar el dinero de forma electrónica: no podrán retirarlo en efectivo ni tampoco comprar dólares o realizar operaciones en el mercado bursátil.

¿Quiénes no cumplen los requisitos?

No podrán acceder al beneficio los monotributistas que facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados o hayan hecho compras mayores al 80% de su ingreso promedio mensual.

Tampoco los que hayan facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que estén registrados.

En el caso de los autónomos, no podrán solicitarlo si están inscriptos en el régimen de monotributo o si son integrantes de directorio de sociedades comerciales.

Otras Publicaciones
Compartir esta publicación: